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SOLICITUD AYUDA DE COMEDOR 2024-2025
PRESENTACIÓN SOLICITUDES DE AYUDA: Desde el 15 de abril hasta el 8 de mayo
Gestión telemática de la ayuda: Enlace a la aplicación
Modelo solicitud ayuda comedor 2024/2025. Pincha aquí.
Información para las familias. Pincha aquí.
Disponibles las Solicitudes de Ayuda de Comedor Escolar Curso 2023/2024. Periodo de septiembre: Le informamos de que desde el día 1 de septiembre de 2023 estará disponible en la aplicación de Comedores Escolares la opción de inserción de nuevas propuestas de ayuda para el curso 2023/2024. Le recordamos que el plazo de presentación de solicitudes de ayuda de comedor escolar finaliza el próximo 19 de septiembre
PRESENTACIÓN SOLICITUDES DE AYUDA: Desde el 15 de abril hasta el 8 de mayo
Gestión telemática de la ayuda: Enlace a la aplicación Modelo solicitud ayuda comedor 2023/2024. Pincha aquí. Información para las familias. Pincha aquí.
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PLAZO SOLICITUD BECA DE COMEDOR 2022-2023 CONVOCATORIA SEPTIEMBRE DEL 1 AL 19 DE SEPTIEMBRE DE 2022
PARA MÁS INFORMACIÓN PINCHA AQUÍ
MODELO SOLICITUD AYUDA COMEDOR 2022-2023: Pincha aquí HOJA INFORMATIVA AYUDA 2022-2023: Pincha aquí
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SOLICICITUD AYUDA DE COMEDOR 2022-2023
PRESENTACIÓN SOLICITUDES DE AYUDA: Desde el 15 de abril hasta el 9 de mayo
REALIZA TUS GESTIONES DE COMEDOR ESCOLAR POR INTERNET: Pincha aquí MODELO SOLICITUD AYUDA COMEDOR 2022-2023: Pincha aquí
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PLAZO SOLICITUD BECA DE COMEDOR 2021-2022 CONVOCATORIA SEPTIEMBRE DEL 1 AL 20 DE SEPTIEMBRE DE 2021
PARA MÁS INFORMACIÓN PINCHA AQUÍ **Aquellos alumnos que ya están dados de alta en la Plataforma de comedores, podrán solicitar la beca a través de ella o presencialmente en la Administración del colegio.
Podeís descargar la solicitud de beca pinchando en la siguiente imagen. FORMULARIO BECA COMEDOR CURSO 2021-2022
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR JUNTO CON LA SOLICITUD
¿QUÉ ALUMNOS PUEDEN SER BENEFICIARIOS? Obtendrán gratuidad en la prestación del servicio de comedor escolar los alumnos matriculados en enseñanzas obligatorias en los centros docentes públicos con servicio de comedor escolar que cumplan los siguientes requisitos: BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD TOTAL: a) Gratuidad por renta: la suma de los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar en el periodo impositivo 2018 no excede en cómputo anual el doble del IPREM, fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2019 en 7.519,59 € (es decir, dichos ingresos no superan 15.039,18 €). Estos ingresos se obtendrán del cruce con la Agencia Tributaria; en caso de no autorizar el cruce deberá adjuntar la documentación acreditativa. b) Alumnos con discapacidad igual o superior al 33%, adjuntado copia de la tarjeta acreditativa o la autorización para la comprobación de dicha condición. c) Familias numerosas de categoría especial, cumplimentando en la solicitud el número de título de familia numerosa y autorización para su comprobación. En caso de no autorizar o de títulos expedidos en otra CCAA se acreditará adjuntando copia del título de familia numerosa en vigor. d) Alumnos que se encuentren en acogimiento familiar o residencial, acreditándolo adjuntando copia de la Resolución judicial o Certificado de la Comisión de Tutela. e) Solicitante en condiciones especiales de género, circunstancia que se acreditará adjuntando copia de la orden de protección a favor de la víctima, o copia del informe del Ministerio Fiscal o copia de certificado de los Servicios Sociales o Sanitarios de la administración autonómica o local. f) Alumnos víctimas de terrorismo, que se acreditará adjuntando copia del informe del Ministerio de Interior, de la resolución de reconocimiento de la Administración General del Estado o de sentencia judicial firme. g) Situación carencial específica, que se acreditará adjuntando copia de informe por los Servicios Sociales. BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD DEL 75%: a) Gratuidad parcial por renta: alumnos que pertenezcan a unidades familiares en las que la suma de los ingresos de todos sus miembros obtenidos en el período impositivo 2018 no exceda en cómputo anual de 2,5 veces el IPREM (es decir, dichos ingresos no superan 18.799 €). Estos ingresos se obtendrán del cruce con la Agencia Tributaria; en caso de no autorizar el cruce deberá adjuntar la documentación acreditativa. BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD DEL 50%: a) Gratuidad parcial por renta: alumnos pertenecientes a unidades familiares en las que el resultado de la suma de los ingresos de todos sus miembros obtenidos en el período impositivo 2018 no exceda en cómputo anual 3 veces del IPREM (22.558,77 €). Estos ingresos se obtendrán del cruce con la Agencia Tributaria; en caso de no autorizar el cruce deberá adjuntar la documentación acreditativa. b) Familia numerosa de categoría general, cumplimentando en la solicitud el número de título de familia numerosa y autorización para su comprobación. En caso de no autorizar o de títulos expedidos en otra CCAA se acreditará adjuntando copia del título de familia numerosa en vigor.
Plazo de presentación de solicitudes de beca de comedor del 15 de junio al 30 de junio de 2020 para el alumnado que esté matriculado en el colegio en el curso 2019-2020. MÁS INFORMACIÓN AQUÍ En este curso escolar, no ha sido posible mantener las fechas de tramitación por la declaración del Estado de Alarma por el COVID-19. Se ha tramitado una Orden que modifica los plazos de presentación para el curso 2020/2021 de las ayudas ordinarias para los alumnos que ya se encuentran matriculados en el centro. Con el objetivo de simplificar el procedimiento se generará una solicitud de ayuda con los datos pregrabados para todos los que en el presente curso escolar hayan sido beneficiarios de ayudas. Dichas solicitudes pregrabadas podrán ser confirmadas telemáticamente o bien presentadas en el centro escolar preferiblemente por correo electrónico: (24021981@educa.jcyl.es) Todas las solicitudes pueden presentarse telemáticamente, incluidas aquellas que requieran adjuntar documentación, ya que ésta podrá adjuntarse a través de la aplicación.
Para aquellos alumnos que tienen concedida la beca en este curso, existen solicitudes pregrabadas con sus datos, estarán a su disposición a partir del 15 de junio en la Aplicación de comedores. Estas solicitudes pregrabadas se presentarán preferentemente de forma electrónica a traves de la Aplicación de comedores, para todos aquellos que estén registrados en dicha aplicación: https://comedoresescolares.jcyl.es/comesc/login.jsf
En los casos en que no se pueda presentar desde la aplicación, porque no esten registrados, podrán enviar la solicitud de la beca de comedor al correo electrónico del colegio :
Solicitud beca comedor sin datos (pincha en la siguiente imagen)
Como última opción y menos recomendable, tambíen podrán presentar la solicitud en la Administración del centro.
En la Orden EDU/693/2008, de 29 de abril, por la que se desarrolla el Decreto que regula el servicio público de comedor escolar, se especifican los requisitos para ser beneficiario de ayudas de comedor escolar, habiéndose modificado por Orden EDU/748/2016 en lo referente a los umbrales para el acceso a las ayudas por renta.
¿QUÉ ALUMNOS PUEDEN SER BENEFICIARIOS? Obtendrán gratuidad en la prestación del servicio de comedor escolar los alumnos matriculados en enseñanzas obligatorias en los
SOLICITUD DE AYUDAS DE COMEDOR ESCOLAR. CURSO 2019/2020
Obtendrán gratuidad en la prestación del servicio de comedor escolar los alumnos matriculados en enseñanzas obligatorias en los centros docentes públicos con servicio de comedor escolar que cumplan los siguientes requisitos: Ø BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD TOTAL:a) Gratuidad por renta: la suma de los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar en el periodo impositivo 2017 no excede en cómputo anual el doble del IPREM, fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 en 7.519,59 € (es decir, dichos ingresos no superan 15.039,18 €). Estos ingresos se obtendrán del cruce con la Agencia Tributaria; en caso de no autorizar el cruce deberá adjuntar la documentación acreditativa. b) Alumnos con discapacidad igual o superior al 33%, adjuntado copia de la tarjeta acreditativa o la autorización para la comprobación de dicha condición. c) Familias numerosas de categoría especial, cumplimentando en la solicitud el número de título de familia numerosa y autorización para su comprobación. En caso de no autorizar o de títulos expedidos en otra CCAA se acreditará adjuntando copia del título de familia numerosa en vigor. d) Alumnos que se encuentren en acogimiento familiar o residencial, acreditándolo adjuntando copia de la Resolución judicial o Certificado de la Comisión de Tutela. e) Solicitante en condiciones especiales de género, circunstancia que se acreditará adjuntando copia de la orden de protección a favor de la víctima, o copia del informe del Ministerio Fiscal o copia de certificado de los Servicios Sociales o Sanitarios de la administración autonómica o local. f) Alumnos víctimas de terrorismo, que se acreditará adjuntando copia del informe del Ministerio de Interior, de la resolución de reconocimiento de la Administración General del Estado o de sentencia judicial firme. g) Situación carencial específica, que se acreditará adjuntando copia de informe por los Servicios Sociales. Ø BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD DEL 75%:a) Gratuidad parcial por renta: alumnos que pertenezcan a unidades familiares en las que la suma de los ingresos de todos sus miembros obtenidos en el período impositivo 2017 no exceda en cómputo anual de 2,5 veces el IPREM (es decir, dichos ingresos no superan 18.799 €). Estos ingresos se obtendrán del cruce con la Agencia Tributaria; en caso de no autorizar el cruce deberá adjuntar la documentación acreditativa. Ø BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD DEL 50%:a) Gratuidad parcial por renta: alumnos pertenecientes a unidades familiares en las que el resultado de la suma de los ingresos de todos sus miembros obtenidos en el período impositivo 2017 no exceda en cómputo anual 3 veces del IPREM (22.558,77 €). Estos ingresos se obtendrán del cruce con la Agencia Tributaria; en caso de no autorizar el cruce deberá adjuntar la documentación acreditativa. b) Familia numerosa de categoría general, cumplimentando en la solicitud el número de título de familia numerosa y autorización para su comprobación. En caso de no autorizar o de títulos expedidos en otra CCAA se acreditará adjuntando copia del título de familia numerosa en vigor.
Las solicitudes podrán presentarse por dos vías:
Podrá consultar el estado de tramitación de su solicitud accediendo a la Aplicación de Comedores Escolares, pudiendo descargarse una nota informativa, o bien consultando en su centro educativo:- Propuesta de Solicitud de Ayudas (antes del 1 de junio): se informará del resultado de la misma, entregándose notificación individualizada. En caso de ayuda parcial, propuesta desestimatoria o documentación incompleta se informará de las causas y se concederá un periodo de 10 días para subsanaciones. -
Resolución de Ayudas (antes del 22 de junio): se informará del resultado de la misma, entregándose notificación individualizada, informando de las causas en caso de ayuda parcial o resolución desestimatoria.
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Publicada la resolución de la Dirección Provincial de Educación de León de fecha 23 de octubre de 2017 sobre concesión y denegación de ayudas de comedor: Nota: Solamente se publica el cuerpo de la propuesta, se entregará nota a las familias con el resultado y los porcentajes de la ayuda.
Para ver la resolución pinche aquí
Ya está disponible la Resolución de Ayudas de Comedor Escolar correspondiente al período extraordinario del curso escolar 2017/2018 que se publicará en el tablón de anuncios de su centro escolar. El resultado de esta resolución puede consultarlo en la secretaría de su centro educativo así como telemáticamente. Accediendo a la aplicación en la dirección https://comedoresescolares.jcyl.es/se le informará del porcentaje de ayuda concedido; en el caso de que su solicitud hubiera resultado denegada se le indicarán las causas de dicha desestimación. Toda esta información estará disponible en la nota informativa que podrá descargar desde su solicitud. También informarle de que dispone de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el tablón de anuncios del centro, para interponer recurso de alzada ante el Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en su provincia. Para cualquier duda o consulta puede contactar con el Servicio de Atención al Ciudadano en el teléfono 012 o en el 983327850, en el horario comprendido entre las 7:45 horas a las 22:00 horas, de lunes a viernes y los sábados hasta las 15:00 horas.
Publicada Resolución de la Secretaría Técnica de la Dirección Provincial de Educación de León de fecha 22 de junio de 2017 sobre concesión y denegación de ayudas de comedor. La relación de peticionarios cuya solicitud ha sido estimada, desestimada se encuentra en Administración del Centro. Se entregará una nota informativa a los alumnos que hayan solicitado la ayuda de comedor, con información sobre si ha resultado ser estimada(y en que porcentaje) o desestimada . Esta nota deberá ser firmada por los solicitantes y entregada en el Centro.
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Publicada la Resolución de la Dirección Provincial de Educación de León de fecha 22 de octubre de 2018 sobre concesión y denegación de ayudas de comedor. La relación de peticionarios cuya solicitud ha sido estimada, desestimada se encuentra en Administración del Centro. Se entregará una nota informativa a los alumnos que hayan solicitado la ayuda de comedor, con información sobre si ha resultado ser estimada(y en que porcentaje) o desestimada . Esta nota deberá ser firmada por los solicitantes y entregada en el Centro. |
ESTIMADAS |
DESESTIMADAS |
CON INCIDENCIAS |