25/06/2024
MATRÍCULA 2024/2025
PLAZO: DEL 24 AL 28 DE JUNIO DE 2024
DOCUMENTACIÓN:
(Deberá presentarse correctamente completada y FIRMADA POR AMBOS PROGENITORES O TUTORES LEGALES)
**SOLO PARA ALUMNOS DE PRIMARIA :** Los alumnos de primaria que se vayan a matricular por primera vez en este centro deberán aportar, además de la documentación anterior, el CERTIFICADO DE PROMOCIÓN que deberán solicitar en el centro del que procedan.
REUNIÓN DE ACOGIDA A FAMILIAS(Alumnado de INFANTIL 3 AÑOS) : 28/ 06/ 2024 A LAS 13:30
Fundamental la asistencia de al menos un padre/madre/tutor por cada alumno.
Proceso de Admisión CURSO 2022-2023
Participación en el proceso de Admisión 2022-2023:
FECHAS A RECORDAR:
Plazo de presentación de solicitudes: 18 de marzo al 6 de abril
Publicación de listados de baremación provisional: 16 mayo
Publicación de listados de adjudicación definitiva: 23 junio
Periodo ordinario de matriculación: 24 de junio al 30 de junio
*El 24 de junio es fiesta local en León
23/06/2022
LISTA ADJUDICADOS CEIP CAMINO DEL NORTE
CONSULTA DEL CENTRO ADJUDICADO A SOLICITUDES PRESENTADAS EN EL CENTRO
21/06/2022
PLAZOS DE MATRÍCULA: DEL 24 AL 30 DE JUNIO DE 2022
INFORMACIÓN:
REUNIÓN DE PADRES: 06/ 09/ 2022 A LAS 11:00 A.M.
DOCUMENTACIÓN:
(Deberá presentarse correctamente completada y FIRMADA POR AMBOS PROGENITORES O TUTORES LEGALES)
**SOLO PARA ALUMNOS DE PRIMARIA :** Los alumnos de primaria que se vayan a matricular por primera vez en este centro deberán aportar, además de la documentación anterior, el CERTIFICADO DE PROMOCIÓN que deberán solicitar en el centro del que procedan.
Este curso se ha habilitado también la modalidad de matriculación On Line:
Más informarción aquí
NOTICIAS PROCEDIMIENTO:
Baremación provisional 2022-23 pincha aquí para descargar
Reclamación Baremación provisional (del 17/05/22 al 23/05/2022)
Aquellos que quieran reclamar el baremo publicado, deberán entregar en el centro (presencial o telemáticamente) un escrito de solicitud indicando:
a) Sus datos personales
b) EXPONE: el motivo de la solicitud (si hay una incidencia o error que se desea subsanar, si algún criterio de baremación no se ha tenido en cuenta, etc.)
c) SOLICITA: el cambio que se desea hacer efectivo y si se aporta documentación para acreditarlo.
d) Firma ambos solicitantes y fecha
pincha aquí para descargar modelo de instancia general de solicitud.
Resolución de 10 de marzo de 2022 de la Dirección Provincial de Educación de León por la que se aprueban las plazas vacantes por curso de cada centro sostenido con fondos públicos y el listado de criterios complementarios para el curso escolar 2022/23
Proceso ordinario
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. |
Periodo comprendido entre la publicación de la Resolución anual por la que se concreta la gestión del proceso y la resolución de adjudicación de plazas. 18-03-2022 al 06-04-2022 |
Admisión del alumnado fuera del proceso ordinario |
Procedimiento de admisión en supuestos excepcionales
Procedimiento simplificado de cambio de centro para el curso 2021/2022 |
Circunstancia puntuable según los criterios prioritarios de admisión
Al cumplimentar la solicitud, será necesario marcar la casilla de "alego" para que dicha circunstacia sea baremada, solamente en la acreditación de renta anual per cápita y discapacidad será necesario su "alegación +autorización ".
Circunstancia puntuable según los criterios prioritarios de admisión |
Puntos | |
---|---|---|
a) |
Existencia de hermanos o hermanas matriculados en el centro docente solicitado. - Primer hermano/a - Segundo o más hermanos/as |
8 4 |
b) |
Proximidad del domicilio familiar o del lugar de trabajo de alguno de los padres, madres o tutores legales al centro docente solicitado. - centros solicitados en la misma unidad territorial de admisión que la del domicilio familiar o del lugar de trabajo alegado |
8 |
c) |
Rentas anuales per cápita de la unidad familiar. - inferior o igual a un tercio del IPREM - por encima de un tercio y hasta dos tercios del IPREM - por encima de dos tercios y hasta el valor del IPREM - hasta un tercio por encima del valor del IPREM |
5 3 2 1 |
d) |
Progenitores o tutores legales q legales que trabajen en el centro solicitado. |
8 |
e) |
Condición legal de familia numerosa. |
3 |
f) |
Alumnado nacido de parto múltiple. |
2 |
g) |
Condición de familia monoparental. |
2 |
h) |
Acogimiento familiar del alumnado. |
3 |
i) |
Concurrencia de discapacidad igual o superior al 33% en el alumnado o en alguno de sus padres, madres, o hermanos o hermanas: - en el alumno/a - en padres o madres - en hermanos/as |
4 2 1 |
j) |
Condición de víctima de violencia de género o de terrorismo. |
3 |
k) |
Expediente académico del alumnado, en caso de optar a enseñanzas de bachillerato: - para primer curso, media aritmética de las calificaciones de 3ºESO - para segundo curso, media aritmética de las calificaciones de 4ºESO - otras situaciones (art. 19.15, párrafo 3º). |
Nota (0 a 10) con un decimal 5 |
l) |
Otro que, basándose en circunstancias objetivas y justificadas, pueda determinar el consejo escolar del centro (según anexo I) |
2 |
En caso de empate en la puntuación:
Se dilucidará mediante la selección de aquellos que obtengan mayor puntuación aplicando uno a uno, y con carácter excluyente, los criterios que se exponen a continuación en el siguiente orden:
a) Existencia de discapacidad en el alumnado.
b) Mayor puntuación obtenida en el apartado de hermanos o hermanas matriculados.
c) Mayor puntuación obtenida en el apartado de rentas de la unidad familiar.
d) Mayor puntuación obtenida en el apartado de proximidad del domicilio o del lugar de trabajo.
e) Condición de familia numerosa.
f) Existencia de discapacidad en alguno de los progenitores o tutores legales del alumno.
g) Existencia de discapacidad de algún hermano o hermana.
De mantenerse el empate, éste se resolverá mediante sorteo público realizado de acuerdo con lo que determine la consejería competente en materia de educación.
Proceso de Admisión CURSO 2021-2022
LISTA DE ADMITIDOS: 22 DE JUNIO
PLAZOS DE MATRÍCULA: DEL 23 AL 29 DE JUNIO DE 2021
INFORMACIÓN:
REUNIÓN DE PADRES: 07/ 09/ 2021 A LAS 11:00 A.M. (Previsiblemente on line)
DOCUMENTACIÓN:
(Deberá presentarse correctamente completada y FIRMADA POR AMBOS PROGENITORES O TUTORES LEGALES)
**SOLO PARA ALUMNOS DE PRIMARIA :**
Los alumnos de primaria que se vayan a matricular por primera vez en este centro deberán aportar, además de la documentación anterior, el CERTIFICADO DE PROMOCIÓN que deberán solicitar en el centro del que procedan.
Este curso se ha habilitado también la modalidad de matriculación On Line:
Más informarción aquí
PUBLICACIÓN DE LA BAREMACIÓN PROVISIONAL
DEL PROCESO DE ADMISIÓN
PARA EL CURSO 2021-2022
Pincha en la siguiente imagen
ACTA DEL CONSEJO ESCOLAR (Pincha en la siguiente imagen)
VIERNES 12 DE MARZO PUBLICACIÓN VACANTES
VACANTES
(pincha en la siguiente imagen)
CRITERIOS COMPLEMENTARIOS
(pincha en la siguiente imagen)
**(EN NUESTRO CENTRO NO TENEMOS CRITERIO COMPLEMENTARIO DE ADMISIÓN)
PUBLICACIÓN UNIDADES TERRITORES DE ADMISIÓN: (pincha en la siguiente imagen)
PUBLICACIÓN ASCRIPCIONES (pincha en la siguiente imagen)
PUBLICACIÓN TIPIFICACIONES (pincha en la siguiente imagen)
Más información en la página web:
PLAZO DE ADMISIÓN
DESDE EL 19 DE MARZO DE 2021 HATA EL 6 DE ABRIL DE 2021
(hasta las 14:00H)
Importante: Tengan en cuenta que el colegio permanecerá cerrado desde el 26 de marzo hasta el 5 de abril por vacaciones escolares.
Resolución 17 de diciembre de 2020
INFORMACIÓN SOBRE LA SOLICITUD DE ADMISIÓN
CURSO 2021-2022
PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD
MUY IMPORTANTE: SEA CUAL SEA LA FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DEBEN ADJUNTAR COPIA DEL LIBRO DE FAMILIA DE LAS HOJAS DONDE APAREZCAN LOS PADRES Y LOS HIJOS.
SI ES LA PRIMERA VEZ QUE SE ESCOLARIZAN (INFANTIL 3 AÑOS) O CAMBIAN DE LOCALIDAD DEBERÁN INCLUIR OBLIGATORIAMENTE 5 COLEGIOS ORDENADOS POR PRIORIDAD DE ELECCIÓN.
EN EL CASO DE QUE NO SE CUMPLAN ESAS DOS CONDICIONES LA SOLICTUD PRESENTARÁ ERRORES QUE SE DEBERÁN SUBSANAR EN EL PERIODO ESTABLECIDO PARA ELLO.
Este año disponemos de 4 posibilidades de presentación:
.-Solicitud web de admisión accesible a través del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León, con las 2 siguientes posibilidades para el solicitante:
Acceso a la solicitud
Declaración responsable solicitud web:
La declaración responsable será firmada por el progenitor/a, /tutor/a, que no hubiese cumplimentado la solicitud si lo hubiera.
Para ello deberá descargarla , y una vez firmada , incorporarla como documentación adjunta.
Junto con la solicitud se enviará digitalizada la siguiente documentación entre otras:
Copia del libro de familia o de la certificación del Registro Civil. Para los solicitantes extranjeros comunitarios que no dispongan de libro de familia certificado original de registro de ciudadano de la Unión Europea expedido por el Registro Central de Extranjeros de la comisaría provincial que corresponda o equivalente. En caso de solicitantes extranjeros no comunitarios, se aportará la documentación acreditativa de la filiación del alumnado traducida al castellano.
B.-Solicitud disponible en los centros docentes y en las direcciones provinciales de educación de la Junta de Castilla y León, tal como establece el artículo 16.2 de la Orden EDU/70/2019, de 30 de enero: la solicitud, una vez cumplimentada, se presentará de forma presencial en el primer centro elegido.
Solicitud de Admisión 2021 (455 KB) (2 páginas)
C.- Solicitud disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) que requerirá disponer de certificado electrónico de ambos progenitores.
CARACTERÍSTICAS DE LA SOLICITUD
-La presentación de más de una solicitud o la presentación fuera de plazo dará lugar a la pérdida de los derechos de prioridad.
-En el caso de presentar la solicitud presencialmente en el colegio, se realizarán preferentemente, por uno de los solicitantes que figuren en ella, el cual mostrará su DNI original, para el cotejo con la solicitud.
Si presenta la solicitud otra persona distinta a los progenitores, debe aportar copia del DNI de los solicitantes y autorización firmada por ambos tutores legales.
-MUY IMPORTANTE: El nombre y apellidos de los solicitantes y del alumno/a reproducirán exactamente los que aparezcan en su DNI o NIE. Se debe poner correctamente la fecha de nacimiento del alumno/a.
- Para los alumnos que este año están cursando 6º de Primaria, se les entregará en el cole la solicitud pregrabada para poder presentarla en el Instituto (la fecha prevista de entrega es el 19 de marzo).
-El alumnado ACNEE deberá solicitar las plazas reservadas para su escolarización. La ocultación de la necesidad educativa del alumnado podrá conllevar la pérdida de la plaza adjudicada.
-Orden de los centros a solicitar: en la primera opción debe figurar el centro donde se presenta la solicitud que será al que se quiere optar, se podrán añadir hasta seis centros docentes adicionales, ordenados según preferencia. MUY IMPORTANTE:Como mínimo se deberán solicitar 5 centros docentes, en los siguientes casos:
1. Alumnado que se escolarice por primera vez en Castilla y León.
2. Alumnado que solicite un cambio de centro docente al de otra localidad.
El incumplimiento de esta condición implicará la inadmisión de la solicitud.
En el caso de los alumnos que están cursando 6º de Primaria, su solicitud indicará los tres centros adscritos, los cuales deberán ser numerados por orden de preferencia, a estos podrán añadirse hasta 7 centros más, igualmente ordenados por preferencia.
-FIRMA: deberán firmar ambos tutores legales. En caso de pérdida de la patria potestad, sólo firmará uno de los tutores que deberá acreditar mediante resolución administrativa o judicial esta circunstancia.
-Pueden autorizar a recibir SMS
-Se devolverá a los solicitantes una copia de la solicitud sellada con fecha, hora y minuto de presentación.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CON LA SOLICITUD
-COPIA LIBRO DE FAMILIA O DE LA CERTIFICACIÓN DEL REGISTRO CIVIL. Para los solicitantes extranjeros comunitarios que no dispongan de libro de familia, se tendrá como equivalente, el certificado original del registro de ciudadano de la Unión Europea, expedido por el Registro Central de extranjeros de la comisaría provincial. En caso de extranjeros no comunitarios, se aportará documentación acreditativa de la filiación del alumnado traducida al castellano.
-INFORME PSICOPEDAGÓGICO si se trata de alumnado ACNEE.
-CERTIFICADO MÉDICO o informe psicopedagógico en caso de alumnado con discapacidad específica, enfermedad grave o particulares circunstancias de salud cuando se pretenda escolarizar en un centro que cuente que la correspondiente tipificación.
-DOCUMENTACIÓN PARA LA BAREMACIÓN:
-Si el alumno que se va a inscribir tiene HERMANOS O HERMANAS matriculados/as en el colegio o en centro adscrito:
CERTIFICADO ESCOLARIZACIÓN, lo realiza el centro.
Los alumnos que se van al Instituto y tengan hermanos o hermanas en el cole, deberán pedir el certificado en Administración.
-Si el alumno que se va a inscribir tiene TUTORES O PROGENITORES QUE TRABAJEN EN EL COLEGIO:
En caso de que no se autorice la verificación telemática, se acreditará mediante Certificado del Colegio con datos personales, puesto y plantilla.
-SI ALEGA PROXIMIDAD AL DOMICILIO FAMILIAR, el cual se valorará de acuerdo con la unidad territorial de admisión a la que pertenezca el centro.-El domicilio familiar que se alegue en la solicitud debe corresponder al del alumno que estará empadronado al menos con uno de sus progenitores, el cual deberán figurar como “solicitante 1”.
Sí se oponen a que la consejería de educación verifique este dato por medios electrónicos deberán aportar: CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO.
-SI ALEGA PROXIMIDAD AL DOMICILIO LABORAL:
-POR CUENTA AJENA: certificado de empresa con:
- datos personales
- alta en la seguridad social
- puesto que ocupa
- domicilio de la empresa
Las personas trabajadoras de la Junta de Castilla y León o que reciban su salario en pago delegado de la misma, solo deberán aportar el certificado cuando los solicitantes se opongan a que la consejería competente en materia de educación verifique el dato por medios electrónicos o de forma directa.
-POR CUENTA PROPIA: certificado alta en IAE, alta en la seguridad social y fotocopia de pago de la cuota correspondiente al año en curso.
En caso de que no exista obligación de estar dado de alta en el IAE: fotocopia de licencia de apertura del ayuntamiento o comunicación previa de actividades y declaración responsable del interesado sobres su vigencia.
- RENTAS: per cápita de la unidad familiar comparadas con el IPREM vigente,
SI AUTORIZA A QUE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN LO COMPRUEBE POR MEDIOS ELECTRÓNICOS NO SE DEBERÁ APORTAR NADA, SI NO AUTORIZA a su comprobación deberán aportar la copia de las declaraciones del IRPF del año 2018, del solicitante y de los miembros de la unidad familiar, incluidas las complementarias.
Los miembros de la unidad familiar deberán reflejarse en la solicitud, se referirán al año 2018. Tendrán esta consideración los progenitores, los hermanos y hermanas dependientes económicamente que conviven en el mismo domicilio familiar. La acreditación se realizará mediante declaración responsable.
En el caso de familias monoparentales que quieran hacer valer esta condición, si en el libro de familia aparecen los dos progenitores, deberán aportar además la resolución judicial o certificación donde se deduzca que el menor está siendo mantenido exclusivamente por uno de ellos.
-FAMILIA NUMEROSA:
-Reconocida en castilla y león: rellenar nº de título y validez. Si autoriza a su comprobación por medios electrónicos no hace falta presentar copia del título.
-No reconocida en Castilla y León: copia del título vigente
-DISCAPACIDAD alumno, hermanos, progenitores, tutores:
-Reconocida en castilla y león: si autoriza a su comprobación por medios electrónicos no hace falta presentar nada.
-No reconocida en castilla y león: certificado de reconocimiento de discapacidad.
Aquellos solicitantes que acrediten su condición de pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado total, absoluta o gran invalidez, o la condición de pensionistas de clases pasivas con pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente, se considerarán afectados por discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento.
-En nuestro centro no hay establecido criterio complementario de baremación.
-Para conocer el número de solicitud asignado deberán consultar la aplicación ADMA
(Para conocer el estado de tu solicitud pincha en la siguiente imágen)
BAREMO
Circunstancia puntuable según los criterios prioritarios de admisión |
Puntos |
|
a) |
Existencia de hermano/a matriculado en el centro solicitado: - Primer hermano/a - Segundo o más hermanos/as |
8 4 |
b) |
Progenitores o tutores legales que trabajen en el centro solicitado: |
8 |
c) |
Proximidad del domicilio al centro solicitado: |
8 |
|
- centros solicitados en la misma unidad territorial de admisión que la del domicilio familiar alegado |
|
c) |
Proximidad del lugar de trabajo de alguno de los progenitores o tutores legales: - centros solicitados en la misma unidad territorial de admisión que la del domicilio del lugar de trabajo alegado |
8 |
d) |
Renta anual per cápita de la unidad familiar: Anual (14 pagas) 7.519,59€ |
5 3 2 1 |
|
- Inferior o igual a un tercio del IMPREM.......................................................................... -Por encima de un tercio y hasta dos tercios del IPREM...................................................... -Por encima de dos tercios y hasta el valor del IPREM ....................................................... -Hasta un tercio por encima del valor del IPREM................................................................ |
|
e) |
Condición legal de familia numerosa: |
3 |
f) |
Concurrencia de discapacidad igual o superior al 33% en el alumnado o en alguno de sus progenitores o hermanos/as: - en el alumno/a - en progenitores - en hermanos/as |
4 2 1 |
g) |
Acogimiento familiar del alumnado |
3 |
h) |
Expediente académico del alumnado, en caso de optar a enseñanzas de bachillerato: - para primer curso, media aritmética de las calificaciones de 3.º ESO - para segundo curso, media aritmética de las calificaciones de 4.º ESO - Otras situaciones (Art. 19.11. párrafo 3.º) |
Nota (0 a 10) con un decimal 5 |
i) |
Otro que, basándose en circunstancias objetivas y justificadas, pueda determinar el consejo escolar del centro (según anexo I) |
2 |
Para ampliar información sigue el siguiente enlace:
FECHAS A TENER EN CUENTA
|
a) Procedimiento de admisión en supuestos excepcionales
Atiende las necesidades excepcionales de escolarización que se produzcan y no puedan ser resueltas mediante el proceso ordinario de admisión.
¿Cuáles son los supuestos excepcionales de escolarización?
a.-Actos de violencia de género que conlleven la necesidad de realizar una escolarización inmediata en otro centro.
Se debe aportar alguno de los siguientes documentos: Resolución judicial que otorgue orden de protección o acuerde medida cautelar a favor de la víctima de violencia de género (en tanto se dicte la orden de protección, podrá acreditarse mediante informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de tal violencia), o bien sentencia firme que declare que el solicitante padeció violencia de género, o bien certificación o informe de los servicios sociales o sanitarios de la administración autonómica o local, o informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social, en los que se declare la existencia de la violencia de género.
b.-Convivencia escolar desfavorable que implique la necesidad de tramitar un cambio de centro docente.
La dirección provincial de educación estudiará y verificará cada caso concreto, solicitando informe del coordinador de convivencia del centro o de su inspector educativo.
c.-Alumnado que se incorpora al sistema educativo cuando no pueda participar en el proceso ordinario de admisión, o de haber participado no hubiera obtenido plaza.
Se acreditará la edad del alumnado y sus estudios o conocimientos en el supuesto de que sea posible.
d.-Alumnado con cambio de residencia de la familia a otra localidad que requiera cambio de centro docente, cuando no pueda participar en el proceso ordinario de admisión o de haber participado no hubiera obtenido plaza.
Se debe aportar uno o ambos de los siguientes documentos: Certificado o volante de empadronamiento en el que conste la fecha de alta.
En el supuesto de escolarizaciones que vengan motivadas por traslado de la unidad familiar debido a la movilidad forzosa de cualquiera de los progenitores o tutores legales, deberá aportarse además, cualquier documento que lo acredite.
e.-Adopción o acogimiento familiar cuya fecha de formalización no permita la participación en el proceso ordinario de admisión.
Se debe aportar uno de los siguientes documentos: en caso de adopción, copia de la resolución judicial de adopción; en caso de acogimiento, certificación expedida por el organismo competente.
f.-Cambios de centro docente realizados de oficio por la dirección provincial de educación en beneficio del alumnado.
¿Cómo participo?
Se presentará el formulario de solicitud de admisión, de forma presencial en el centro docente, o directamente ante la comisión de escolarización que corresponda a la provincia en que vaya a residir el alumnado.
SOLICITUD EXCEPCIONAL (347.7 KB) (2 páginas)
Las solicitudes asociadas a este supuesto de excepcionalidad, podemos considerar 2 cuestiones;
-Si es de escolarización inmediata (curso 2020/2021), se gestionan en la propia Dirección Provincial. (no procede a fecha actual)
-Si es para el curso 2021/2020, las solicitudes que contemplan estos supuestos excepcionales serán grabadas tanto en la Dirección Provincial, cómo en el el centro (primer centro seleccionado) a partir del 1 de julio de 2021.
b) Procedimiento simplificado de cambio de centro docente a instancia de la persona interesada.
-Podrá solicitarse cambio de centro docente al inicio del curso escolar (fechas muy concretas) a instancia del alumnado si es mayor de edad o, en caso contrario, de sus progenitores o tutores legales. La adjudicación de las vacantes se llevará a cabo mediante un procedimiento simplificado, cuya resolución corresponderá la persona titular de la dirección provincial de educación, considerando para ello el orden resultante de un sorteo público.
-El alumnado que no cuente con plaza por no haber formalizado la matrícula en el puesto que se le adjudicó mediante el proceso ordinario a pesar de cumplir los requisitos académicos para ello, deberá presentar solicitud de admisión y tendrá la misma consideración para su adjudicación que las de cambio de centro.
La resolución de este procedimiento simplificado se realizará de forma automatizada considerando las vacantes existentes al inicio del curso escolar. La publicación de esta resolución podrá realizarse junto con la de las solicitudes excepcionales que estuvieran pendientes de adjudicar al inicio del curso, guardando éstas el orden de adjudicación y teniendo prioridad sobre las de cambio de centro.
Procedimiento simplificado (367.4 KB) (2 páginas)
"Presentación de solicitudes únicamente los días 7 y 8 de septiembre (hasta las 14h) de septiembre de 2021 en el centro indicado como primera opción".
Fechas importantes para la admisión fuera del proceso ordinario: |
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A partir del 1 de julio de 2021. Se podrá presentar las solicitudes propiamente excepcionales. |
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20 de julio de 2021 Publicación de vacantes del procedimiento fuera del proceso ordinario. |
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2 de septiembre 2020 a las 10:00h sorteo para el procedimiento de admisión en supuestos excepcionales fuera del proceso ordinario. |
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3 de septiembre de 2020. Adjudicación de las plazas en relación a las solicitudes de admisión en supuestos excepcionales grabadas hasta el 31 de agosto a las 14:00 horas. 7 y 8 de septiembre presentación de solicitudes de procedimiento simplificado. 13 de septiembre de 2021. Adjudicación de las plazas solicitadas en el procedimiento simplificado de cambio de centro y las solicitadas a partir del 1 de septiembre de 2020 en el procedimiento de admisión en supuestos excepcionales. |
MATRÍCULA CURSO 2020-2021
PLAZOS DE MATRÍCULA
DEL 1 DE SEPTIEMBRE DE 2020
AL 4 DE SEPTIEMBRE DE 2020, AMBOS INCLUIDOS
La matrícula se realizará por correo electrónico, salvo casos excepcionales debidamente justificados, en cuyo caso se presentará en la administración del Centro, previa cita.
DOCUMENTACIÓN QUE DEBERÁN ENVIAR AL CORREO ELECTRÓNICO DEL COLEGIO 24021981@educa.jcyl.es , CORRECTAMENTE COMPLETADA Y FIRMADA POR AMBOS PROGENITORES O TUTORES LEGALES, (pinchen en los siguientes enlaces para descargar los formularios):
Al alumnado de 3 años, se les enviará al correo electrónico que han facilitado en el periodo de admisión, información respecto a la organicación del centro, del aula y del periodo de adaptación que durarará hasta el 21 de septiembre.
Respecto a la solicitud de plaza de comedor y madrugadores y sus respectivas becas, para los nuevos alumnos se abrirá un plazo en septiembre.
Por favor, permanezcan atentos a la página web, donde actualizaremos estas y otras informaciones relativas al incio de curso.
Resultado para dirimir empates en el proceso de admisión 2020
170792
VACANTES ACTUALIZADAS 29 DE JUNIO DE 2020
Publicación listado de baremación del proceso de admisión 2020-2021 y acta del consejo escolar
BAREMO
ACTA CONSEJO ESCOLAR
**PLAZO DE RECLAMACIÓN AL BAREMO Y SUBSANACIONES DE ERRORES
DEL 22 DE JUNIO AL 26 DE JUNIO DE 2020
Deben presentar la documentación para reclamar el baremo o subsanar errores (renta, familia numerosa, discacidad...) en el centro. Preferiblemente por correo electrónico 24021981@educa.jcyl.es.
IMPORTANTE
FINALIZADO EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES PARA EL PROCESO DE ADMISIÓN 2020-2021
LAS SOLICITUDES PRESENTADAS FUERA DE PLAZO HASTA EL DIA 26 DE JUNIO (hasta las 14h) SERÁN RESUELTAS EN EL PROCESO ORDINARIO, SI BIEN TENDRÁN CERO PUNTOS (ARTÍCULO 15.3 DEL DECRETO 52/2018, DE 27 DE DICIEMBRE).
Para más información pincha aquí
PODRÁN CONSULTAR EL ESTADO DE LA SOLICITUD DE ADMISIÓN EN EL SIGUIENTE ENLACE
http://edaplica.educa.jcyl.es/ADMA/index.jsp
IMPORTANTE
NUEVO CALENDARIO DE ADMISIÓN
Plazo presentación solicitudes periodo ordinario. |
18/05/2020
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01/06/2020
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Plazo para presentar una solicitud como "fuera de plazo" ante el centro de forma no presencial.
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02/06/2020
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26/06/2020
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Desistimiento en el primer centro solicitado : fin de plazo para desistir de la solicitud en el periodo ordinario, con carácter general. |
19/06/2020
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19/06/2020
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Publicación del baremo en tablones y web del centro solicitado en primera opción. |
19/06/2020
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19/06/2020
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Reclamaciones al baremo y subsanaciones: familias reclaman y subsanan ante el centro según procedimiento establecido. |
22/06/2020
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26/06/2020
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Resolución y publicación en el tablón y web del centro de reclamaciones al baremo.
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22/06/2020
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29/06/2020
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Publicación de resolución de vacantes en Dirección Provincial, Portal de Educación y centros.
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29/06/2020
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29/06/2020
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Sorteo para dirimir empates (publicación en el Portal de Educación). |
30/06/2020
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30/06/2020
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Familias dispersas: publicación listados en tablones Dirección Provincial y Portal de Educación
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08/07/2020
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08/07/2020
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Familias dispersas: contactan con comisiones escolarización. Hasta las 14h.
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08/07/2020
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10/07/2020
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Familias dispersas: desistimiento ante la comisión si aceptan otras alternativas.
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08/07/2020
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14/07/2020
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Listados de adjudicación: publicación en tablones y web.
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27/07/2020
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27/07/2020
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Matrícula ordinaria 2º ciclo EI, EP, ESO y Bach.
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Las fechas de matriculación serán determinadas por la Dirección General de Centros, Planificación y Ordenación Educativa
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¡¡¡AVISO IMPORTANTE!!! |
Criterios Complementarios de Centros docentes 2020: Criterios Complementarios Centros docentes 2020 (5.4 MB) (60 páginas) |
Una vez cumplimentada la solicitud y enviada correctamente, podrás consultar el estado de tu solicitud en la siguiente dirección: http://edaplica.educa.jcyl.es/ADMA/index.jsp |
**LOS ALUMNOS QUE SE ESCOLARIZAN POR PRIMERA VEZ EN UN CENTRO DE CASTILA Y LEÓN (1º DE E. INFANTIL-3 AÑOS) Y AQUELLOS QUE CAMBIEN DE CENTRO AL DE OTRA LOCALIDAD DEBERAN SOLICITAR OBLIGATORIAMENTE 5 CENTROS COMO MÍNIMO Y COMO MÁXIMO 7.
En el caso de los alumnos que se van a matricular en 1º de la E.S.O., su solicitud indicará los tres centros adscritos, los cuales deberán ser numerados por orden de preferencia, a estos podrán añadirse hasta 7 centros más, igualmente ordenados por preferencia.
Al realizar la solicitud en la aplicación, en la pagina 3 solamente están visibles en la pantalla dos centros, para añadir los otros tres y establecer el orden, les adjuntamos la siguiente imagen:
Comprobar que el orden de los colegios es el correcto, en caso de confusión los podrán reordenar:
** LA APLICACIÓN NO DEJA ADJUNTAR EL CERTIFICADO DE ESCOLARIDAD DE LOS HERMANOS MATRICULADOS EN EL COLEGIO. DEBERÁN INDICAR EN LA SOLICITUD ESTA CIRCUNSTANCIA. EL CERTIFICADO LO APORTAREMOS DESDE EL CENTRO.
**NO ES POSIBLE ADJUNTAR DESDE LA APLICACIÓN EL CERTIFICADO DE DOMICILIO LABORAL PARA LA BAREMACIÓN, (página 4 de la solicitud) DEBERÁN ENVIARLO AL COLEGIO POR CORREO ELECTRÓNICO, INDICANDO EL NOMBRE Y APELLIDOS DEL ALUMNO.
**EN LA APLICACIÓN DEBERÁN ADJUNTAR LA FOTO DEL LIBRO DE FAMILIA DONDE APARECE EL ALUMNO EN FORMATO PDF. (PUEDEN UTILIZAR CUALQUIER APLICACIÓN GRATUITA DE ESCANEO PARA CAMBIARLO A FORMATO PDF)
**LA SOLICITUD DEBERÁ IR FIRMADA POR AMBOS PROGENITORES A NO SER QUE UNO DE ELLOS HAYA PERDIDO LA PATRIA POTESTAD, EN ESTE CASO DEBERÁ ACREDITARLO DOCUMENTALMENTE.
**REVISAR LA SOLICITUD ANTES DE ENVIAR.
Publicada la ORDEN EDU/382/2020, de 7 de mayo, por la que se establecen medidas relativas a los procedimientos de admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos y en las escuelas infantiles, de la Comunidad de Castilla y León, para el curso escolar 2020-2021, ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS
SOLICITUDES DE ADMISIÓN
DEL 18 DE MAYO DE 2020
AL 1 DE JUNIO DE 2020(ambos incluídos)
MÁS INFORMACIÓN EN LOS SIGUIENTES ENLACES
Debido a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 el proceso de admisión ha sido adaptado para promover la presentación electrónica/no presencial de solicitudes como vía preferente de participación
INFORMACIÓN SOBRE LA SOLICITUD DE ADMISIÓN
CURSO 2020-2021
PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD
**Los alumnos de 6º de E. Primaria que se van a matricular en el Instituto, en principio y según las nuevas intrucciones de admisión , al realizar la solicitud de forma telemática y no presencial, NO NECESITAN LA SOLICITUD PREGRABADA, que dimos a los alumnos el día 13 de marzo, no obstante, por si las instrucciones cambiaran, las envíaremos por correo electrónico a los padres de los alumnos que no acudieron ese día a clase y nos las hayan solicitado.
LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA PIDE ENCARECIDAMENTE A LAS FAMILIAS QUE OPTEN POR LA SOLICITUD TELEMÁTICA Y QUE, SI LES RESULTA NECESARIO, UTILICEN EL SERVICIO DE APOYO TELEFÓNICO PARA LA CUMPLIMIENTACIÓN Y ENVÍO DE LA SOLICITUD
TELÉFONOS DE AYUDA PARA CUMPLIMENTAR Y ENVIAR LA SOLICITUD:
900 101 105
983 70 95 06
Instrucciones para las familias
Acceso a la Solicitud (no requiere certificado electrónico)
CONSIDERACIONES GENERALES
La presentación de la solicitud de admisión implica la autorización a la Administración educativa para realizar la verificación directa y/o electrónica de los datos de identidad, empadronamiento a través del Servicio de Verificación de datos de Residencia, renta, discapacidad y familia numerosa cuando hayan sido reconocidas por la Comunidad de Castilla y León, o trabajador de centro sostenido con fondos públicos cuando preste sus servicios en esta Comunidad.
Documentación que se debe aportar
Junto con la solicitud se enviará digitalizada la siguiente documentación:
Antes de cumplimentar la solicitud lea las siguientes INSTRUCCIONES
Instrucciones Admisión 2020 (162 KB) (3 páginas)
Solicitud
https://aplicaciones.educa.jcyl.es/ADSO/#/solicitud
(en el caso de que la pantalla aparezca en blanco ,copia la dirección anterior en la barra del navegador)
La solicitud se enviará de forma automática cuando se cumplimente, al primer centro elegido.
Acceso a la solicitud con certificado electrónico de ambos progenitores.
Solicitud de admisión (con certificado electrónico de ambos progenitores) pincha aquí
Normativa reguladora
Orden EDU/382/2020 (580.4 KB) (10 páginas)
- Presentación presencial, NO ACONSEJABLE:
TELÉFONO PARA PERSONAS QUE NO DISPONEN DE MEDIOS ELECTRÓNICOS Y NECESITAN ACUDIR AL REGISTRO:
983 72 75 19
Aquellas familias que no cuenten con ningún dispositivo que permita la presentación electrónica o a través de la aplicación web,como ordenadores,tablets,o teléfonos móviles, podrán presentar la solicitud,una vez obtenida cita previa,en los registros de lasOficinas Generales de Atención e Información al Ciudadano de la Junta de Castilla y León y en los Puntos de Atención e Información al Ciudadano de Castilla y León, en León:
León |
Oficina General de Información y Atención al Ciudadano León |
Avda. Los Peregrinos, 8-10 (Edif. Usos Múltiples) |
Teléfono 987 296 100 |
Extensión 830 084 |
Será ineludible, presentar junto con la solicitud de admisión y la documentación indicada en el apartado 3 de la Orden EDU/382/2020, de 7 de mayo, declaración responsable de que no se cuenta con ningún dispositivo electrónico.
Modelo de declaración responsable, pincha en la siguiente imágen
Las solicitudes que no se acompañen con dicha declaración responsable o que se compruebe la falsedad de la misma, no serán admitidas
SOLICITUD DE ADMISIÓN
PINCHA EN LA SIGUIENTE IMÁGEN
-La presentación de más de una solicitud o la presentación fuera de plazo dará lugar a la pérdida de los derechos de prioridad.
-MUY IMPORTANTE: El nombre y apellidos de los solicitantes y del alumno/a reproducirán exactamente los que aparezcan en su DNI o NIE. Se debe poner correctamente la fecha de nacimiento del alumno/a.
-El alumnado ACNEE deberá solicitar las plazas reservadas para su escolarización. La ocultación de la necesidad educativa del alumnado podrá conllevar la pérdida de la plaza adjudicada.
-Orden de los centros a solicitar: en la primera opción debe figurar el centro al que se quiere optar, se podrán añadir hasta seis centros docentes adicionales, ordenados según preferencia. Como mínimo se deberán solicitar 5 centros docentes, en los siguientes casos:
1. Alumnado que se escolarice por primera vez en Castilla y León.
2. Alumnado que solicite un cambio de centro docente al de otra localidad.
El incumplimiento de esta condición implicará la inadmisión de la solicitud.
En el caso de los alumnos que están cursando 6º de Primaria, su solicitud indicará los tres centros adscritos, los cuales deberán ser numerados por orden de preferencia, a estos podrán añadirse hasta 7 centros más, igualmente ordenados por preferencia.
-FIRMA: deberán firmar ambos tutores legales. En caso de pérdida de la patria potestad, sólo firmará uno de los tutores que deberá acreditar mediante resolución administrativa o judicial esta circunstancia. En el caso de que la solicitud no esté firmada por los dos progenitores, se deberá aportar la documentación pertinente que justifique tal circunstancia. De no acreditar la omisión de un segundo progenitor, la solicitud podrá no ser tramitada.
La presentación de la solicitud de admisión implica la autorización a la Administración educativa para realizar la verificación directa y/o electrónica de los datos de identidad, empadronamiento a través del Servicio de Verificación de datos de Residencia, renta, discapacidad y familia numerosa cuando hayan sido reconocidas por la Comunidad de Castilla y León, o trabajador de centro sostenido con fondos públicos cuando preste sus servicios en esta Comunidad.
DOCUMENTACIÓN DIGITALIZADA A PRESENTAR CON LA SOLICITUD
Junto con la solicitud, que en el caso de presentación electrónica se enviará digitalizada, se aportará la siguiente documentación:
-COPIA LIBRO DE FAMILIA O DE LA CERTIFICACIÓN DEL REGISTRO CIVIL. Para los solicitantes extranjeros comunitarios que no dispongan de libro de familia, se tendrá como equivalente, el certificado original del registro de ciudadano de la Unión Europea, expedido por el Registro Central de extranjeros de la comisaría provincial. En caso de extranjeros no comunitarios, se aportará documentación acreditativa de la filiación del alumnado traducida al castellano.
-INFORME PSICOPEDAGÓGICO si se trata de alumnado ACNEE.
-CERTIFICADO MÉDICO o informe psicopedagógico en caso de alumnado con discapacidad específica, enfermedad grave o particulares circunstancias de salud cuando se pretenda escolarizar en un centro que cuente que la correspondiente tipificación.
-Si el alumno que se va a inscribir tiene HERMANOS O HERMANAS matriculados/as en el colegio o en centro adscrito:
CERTIFICADO ESCOLARIZACIÓN, lo realiza el centro.
**La aplicación de admisión no permite adjuntar dicho certificado. Lo aportara el centro directamente.
-El domicilio familiar que se alegue en la solicitud debe corresponder al del alumno que estará empadronado al menos con uno de sus progenitores, el cual deberán figurar como “solicitante 1”.
-SI ALEGA PROXIMIDAD AL DOMICILIO LABORAL: (DEBERÁN ENVIARLO AL CORREO ELECTRÓNICO DEL COLEGIO CON EL NOMBRE Y APELLIDOS DEL ALUMNO: 24021981@educa.jcyl.es)
-POR CUENTA AJENA: certificado de empresa con:
- datos personales
- alta en la seguridad social
- puesto que ocupa
- domicilio de la empresa
Las personas trabajadoras de la Junta de Castilla y León o que reciban su salario en pago delegado de la misma, solo deberán aportar el certificado cuando los solicitantes se opongan a que la consejería competente en materia de educación verifique el dato por medios electrónicos o de forma directa.
-POR CUENTA PROPIA: certificado alta en IAE, alta en la seguridad social y fotocopia de pago de la cuota correspondiente al año en curso.
En caso de que no exista obligación de estar dado de alta en el IAE: fotocopia de licencia de apertura del ayuntamiento o comunicación previa de actividades y declaración responsable del interesado sobres su vigencia.
-Los miembros de la unidad familiar deberán reflejarse en la solicitud, se referirán al año 2018. Tendrán esta consideración los progenitores, los hermanos y hermanas dependientes económicamente que conviven en el mismo domicilio familiar. La acreditación se realizará mediante declaración responsable.
-En el caso de familias monoparentales que quieran hacer valer esta condición, si en el libro de familia aparecen los dos progenitores, deberán aportar además la resolución judicial o certificación donde se deduzca que el menor está siendo mantenido exclusivamente por uno de ellos.
-FAMILIA NUMEROSA:
-Reconocida en castilla y león: rellenar nº de título y validez.
-No reconocida en Castilla y León: copia del título vigente
-DISCAPACIDAD alumno, hermanos, progenitores, tutores:
-Reconocida en castilla y león: no hace falta presentar nada.
-No reconocida en castilla y león: certificado de reconocimiento de discapacidad.
Aquellos solicitantes que acrediten su condición de pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado total, absoluta o gran invalidez, o la condición de pensionistas de clases pasivas con pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente, se considerarán afectados por discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento.
-En nuestro centro no hay establecido criterio complementario de baremación.
La tramitación relativa a las unidades familiares con posibles adjudicaciones dispersas a la que hace referencia el artículo 22 de la Orden EDU/70/2019, de 30 de enero, solo podrá realizarse de forma no presencial, preferentemente por vía telefónica.
No se llevará a cabo el procedimiento simplificado de cambio de centro a instancias de la persona interesada al que se refiere el artículo 27 de la Orden EDU/70/2019, de 30 de enero. Por ello las adjudicaciones de plaza derivadas del proceso ordinario, salvo adjudicación posterior en supuestos excepcionales, tendrán carácter definitivo aunque no se realice la matriculación en los plazos establecidos al efecto.
Circunstancia puntuable según los criterios prioritarios de admisión |
Puntos |
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a) |
Existencia de hermano/a matriculado en el centro solicitado: - Primer hermano/a - Segundo o más hermanos/as |
8 4 |
b) |
Progenitores o tutores legales que trabajen en el centro solicitado: |
8 |
c) |
Proximidad del domicilio al centro solicitado: |
8 |
|
- centros solicitados en la misma unidad territorial de admisión que la del domicilio familiar alegado |
|
c) |
Proximidad del lugar de trabajo de alguno de los progenitores o tutores legales: - centros solicitados en la misma unidad territorial de admisión que la del domicilio del lugar de trabajo alegado |
8 |
d) |
Renta anual per cápita de la unidad familiar: Anual (14 pagas) 7.519,59€ |
5 3 2 1 |
|
- Inferior o igual a un tercio del IMPREM.......................................................................... -Por encima de un tercio y hasta dos tercios del IPREM...................................................... -Por encima de dos tercios y hasta el valor del IPREM ....................................................... -Hasta un tercio por encima del valor del IPREM................................................................ |
|
e) |
Condición legal de familia numerosa: |
3 |
f) |
Concurrencia de discapacidad igual o superior al 33% en el alumnado o en alguno de sus progenitores o hermanos/as: - en el alumno/a - en progenitores - en hermanos/as |
4 2 1 |
g) |
Acogimiento familiar del alumnado |
3 |
h) |
Expediente académico del alumnado, en caso de optar a enseñanzas de bachillerato: - para primer curso, media aritmética de las calificaciones de 3.º ESO - para segundo curso, media aritmética de las calificaciones de 4.º ESO - Otras situaciones (Art. 19.11. párrafo 3.º) |
Nota (0 a 10) con un decimal 5 |
i) |
Otro que, basándose en circunstancias objetivas y justificadas, pueda determinar el consejo escolar del centro (según anexo I) |
2 |
PUBLICADA RESOLUCIÓN 11 DE MARZO DE 2020 POR LA QUE SE APRUEBAN LAS VACANTES Y LOS CRITERIOS COMPLEMENTARIOS PARA EL CURSO ESCOLAR 2020-2021
Más información aquí
LEGISLACIÓN APLICABLE AL PROCESO DE ADMISIÓN
Decreto 52/2018 (562.7 KB) (18 páginas) 52/2018, de 27 de diciembre, por el que se regula la admisión del alumnadoen centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.
ORDEN EDU/382/2020, de 7 de mayo, por la que se establecen medidas relativas a los procedimientos de admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos y en las escuelas infantiles, de la Comunidad de Castilla y León, para el curso escolar 2020-2021, ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
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El alumnado que no cuente con plaza por no haber formalizado la matrícula en el puesto que se le adjudicó mediante el proceso ordinario a pesar de cumplir los requisitos académicos para ello, deberá presentar solicitud de admisión y tendrá la misma consideración para su adjudicación que las de cambio de centro.
La resolución de este procedimiento simplificado se realizará de forma automatizada considerando las vacantes existentes al inicio del curso escolar. La publicación de esta resolución podrá realizarse junto con la de las solicitudes excepcionales que estuvieran pendientes de adjudicar al inicio del curso, guardando éstas el orden de adjudicación y teniendo prioridad sobre las de cambio de centro.
Procedimiento simplificado (367.4 KB) (2 páginas)
"Presentación de solicitudes unicamente los días 11 y 12 (hasta las 14h) de septiembre de 2019 en el centro indicado como primera opción".
Fechas importantes para la admisión fuera del proceso ordinario: |
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A partir del 1 de julio de 2020. Se podrá presentar las solicitudes propiamente excepcionales. |
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20 de julio de 2020 Publicación de vacantes del procedimiento fuera del proceso ordinario. |
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1 de septiembre 2020 sorteo para el procedimiento de admisión en supuestos excepcionales fuera del proceso ordinario. |
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3 de septiembre de 2020. Adjudicación de las plazas en relación a las solicitudes de admisión en supuestos excepcionales grabadas hasta el 31 de agosto a las 14:00 horas. Del 11 y 14 de septiembre presentación de solicitudes de procedimiento simplificado. 18 de septiembre de 2020. Adjudicación de las plazas solicitadas en el procedimiento simplificado de cambio de centro y las solicitadas a partir del 1 de septiembre de 2020 en el procedimiento de admisión en supuestos excepcionales. |
a) Procedimiento de admisión en supuestos excepcionales
Atiende las necesidades excepcionales de escolarización que se produzcan y no puedan ser resueltas mediante el proceso ordinario de admisión.
¿Cuáles son los supuestos excepcionales de escolarización?
a.-Actos de violencia de género que conlleven la necesidad de realizar una escolarización inmediata en otro centro.
Se debe aportar alguno de los siguientes documentos: Resolución judicial que otorgue orden de protección o acuerde medida cautelar a favor de la víctima de violencia de género (en tanto se dicte la orden de protección, podrá acreditarse mediante informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de tal violencia), o bien sentencia firme que declare que el solicitante padeció violencia de género, o bien certificación o informe de los servicios sociales o sanitarios de la administración autonómica o local, o informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social, en los que se declare la existencia de la violencia de género.
b.-Convivencia escolar desfavorable que implique la necesidad de tramitar un cambio de centro docente.
La dirección provincial de educación estudiará y verificará cada caso concreto, solicitando informe del coordinador de convivencia del centro o de su inspector educativo.
c.-Alumnado que se incorpora al sistema educativo cuando no pueda participar en el proceso ordinario de admisión, o de haber participado no hubiera obtenido plaza.
Se acreditará la edad del alumnado y sus estudios o conocimientos en el supuesto de que sea posible.
d.-Alumnado con cambio de residencia de la familia a otra localidad que requiera cambio de centro docente, cuando no pueda participar en el proceso ordinario de admisión o de haber participado no hubiera obtenido plaza.
Se debe aportar uno o ambos de los siguientes documentos: Certificado o volante de empadronamiento en el que conste la fecha de alta.
En el supuesto de escolarizaciones que vengan motivadas por traslado de la unidad familiar debido a la movilidad forzosa de cualquiera de los progenitores o tutores legales, deberá aportarse además, cualquier documento que lo acredite.
e.-Adopción o acogimiento familiar cuya fecha de formalización no permita la participación en el proceso ordinario de admisión.
Se debe aportar uno de los siguientes documentos: en caso de adopción, copia de la resolución judicial de adopción; en caso de acogimiento, certificación expedida por el organismo competente.
f.-Cambios de centro docente realizados de oficio por la dirección provincial de educación en beneficio del alumnado.
¿Cómo participo?
Se presentará el formulario de solicitud de admisión, de forma presencial en el centro docente, o directamente ante la comisión de escolarización que corresponda a la provincia en que vaya a residir el alumnado.
Solicitud excepcional. (364.2 KB) (2 páginas)
Las solicitudes asociadas a este supuesto de excepcionalidad, podemos considerar 2 cuestiones;
-Si es de escolarización inmediata (curso 2018/2019), se gestionan en la propia Dirección Provincial. (no procede a fecha actual)
-Si es para el curso 2019/2020, las solicitudes que contemplan estos supuestos excepcionales serán grabadas tanto en la Dirección Provincial, cómo en el el centro (primer centro seleccionado) a partir del 1 de julio de 2019
Procedimiento de admisión en supuestos excepcionales
curso 2019-2020
Necesidades excepcionales de escolarización inmediata que se produzca a lo largo del curso escolar y no puedan ser resueltas mediante el proceso ordinario de admisión.
Procedimiento simplificado de cambio de centro docente a instancias de la persona interesada
Para más información pincha aquí
Solicitud de admisión supuestos excepcionales
DOCUMENTACIÓN QUE DEBERÁN APORTAR PARA REALIZAR LA MATRÍCULA CURSO 2019-2020
PLAZO DEL 25 DE JUNIO AL 28 DE JUNIO en horario de 09:00h a 14:00h
(se puede descargar de la página web del Cole o se puede recoger en Administración):
SÓLO PARA ALUMNOS DE PRIMARIA
**LOS ALUMNOS DE PRIMARIA QUE SE VAYAN A MATRICULAR POR PRIMERA VEZ EN ESTE CENTRO DEBERÁN APORTAR, ADEMÁS DE LA DOCUMENTACIÓN ANTERIOR, EL CERTIFICADO DE PROMOCIÓN QUE DEBERÁN SOLICITAR EN EL CENTRO DEL QUE PROCEDAN.